CONTRATO DE TRABAJO
Un contrato de trabajo es un acuerdo entre el empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución donde pueden firmarlo:
- Los mayores de edad
- Los menores de 18 años legalmente emancipados
- Mayores de 16 y menores de 18 si tienen autorización de los padres o de quien los tenga a su cargo
- Los extranjeros de acuerdo con la legislación que les sea aplicable.
- El contrato de trabajo puede formalizarse por escrito o de palabra.
Es obligatorio por escrito cuando así lo exija una disposición legal, y siempre en los contratos que se relacionan:
- Prácticas
- Formación
- Para la realización de una obra o servicio determinado
- A tiempo parcial, fijo discontinuo y de relevo
- A domicilio
- Trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero
- Los contratos por tiempo determinado, cuya duración sea superior a cuatro semanas
-DURACIÓN
- Un contrato de trabajo puede ser indefinido (fijo), o bien tener una duración determinada (temporal).
- En principio todo contrato de trabajo es indefinido y a jornada completa, salvo que en el contrato de trabajo se establezca lo contrario.
- Las normas que regulan cada tipo de contrato temporal, establecen cuál es la duración mínima y máxima del contrato.
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