PERMISOS

 En el trabajo se pueden dar permisos por situaciones de maternidad o por situaciones de cuidado de familiares

-SITUACIONES DE MATERNIDAD:

  • Una mujer embarazada puede trabajar con normalidad pero puede producirse una incapacidad por el embarazo y estar de baja
Durante el embarazo la trabajadora tiene derecho a que su puesto de trabajo sea compatible y no perjudicial para ella, pudiendo ser traslada a un puesto de trabajo más seguro y teniendo derecho a una reducción de jornada hasta que el niño tenga de 8 a 12 años y si esto no es posible se le puede conceder una suspensión retribuida.  

Después de la suspensión la trabajadora tendrá que reincorporarse aunque existe un periodo de lactancia que la permite irse ausentarse del trabajo durante una hora en la jornada de trabajo. Tiene derecho a la adaptación del puesto de trabajo para atender las necesidades del menor.  También se podrá solicitar una excedencia por el cuidado de hijos hasta los 3 años en la cual no se cobrará.



  •      Adopción: Es muy parecida a la suspensión por maternidad pero no se dan ni la de embarazo ni la de lactancia. Esta supone la única diferencia ya que el resto de derechos son iguales. En este caso la maternidad y la paternidad se dan en el momento en el que se adopta aunque, no siempre es así, puesto que se puede solicitar antes si es necesario viajar a otro país.



-SITUACIONES DE CUIDADO A FAMILIARES:

Mínimo parientes de hasta 2º  grado aunque se establece según convenio teniendo el permiso con retribución de 2 a 4 días si es hospitalización o cuidado de familiares pero si es más largo tienen derecho a una reducción de trabajo y excedencia


Se puede modificar el contrato si hay razones suficientes:

  • Movilidad funcional: es la capacidad que tiene la empresa para asignar a un trabajador tareas o funciones diferentes a las que tiene encomendadas en su contrato de trabajo originalmente regulada en el artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores.

  • Movilidad geográfica: Si trabajas en un lugar distinto al sitio donde estás trabajando que puede ser temporal o definitivo

  • Modificación sustancial: Puede producirse una extinción del contrato si no se respeta la dignidad del trabajador


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